Si eres autónomo o empresario es posible que te preguntes cómo puedes mantener a tus clientes actuales y potenciales informados acerca de tu negocio y tus productos o servicios.
Desde el pasado 3 de Julio y hasta el próximo 2 de Agosto de 2109 ya es posible solicitar las ayudas establecidas en el llamado «Bono Autónomo Galicia» y que forma parte del Programa bono das persoas autónomas.
Dirigido al colectivo de autónomos y autónomas de Galicia, está convocado por la Xunta de Galicia a través de la Consellería de Economía, Emprego e Industria y tiene como objetivo fundamental favorecer e impulsar la actividad profesional y empresarial de estas personas y que se complementa con otras iniciativas establecidas en el programa Estratexia Autónomo 2020.
¿Qué es el Bono Autónomo Galicia?
Como decíamos el bono es una ayuda para impulsar la actividad profesional y empresarial de aquellos autónomos que lleven en activo de forma ininterrumpida desde hace más de tres años y medio (42 meses).
Se hace efectivo mediante el pago anticipado, con una subvención de un 80%, de la actividad objeto de la subvención y con un límite máximo de 3.000 euros por el conjunto de actividades subvencionables.
Así mismo se establece que será por cuenta de la persona beneficiaria el pago de los importes restantes no subvencionados.
Requisitos para solicitar el Bono autónomo
Además de la “antigüedad” en el ejercicio de la actividad es necesario cumplir otros requisitos como:
- Figurar de alta en el régimen especial de autónomos (RETA) o en la mutualidad de un colegio profesional.
- Tener domicilio fiscal en la Comunidad autónoma de Galicia.
- Tener una antigüedad superior a 42 meses en la realización efectiva de una actividad empresarial o profesional de manera ininterrumpida el día de la fecha que se solicita la ayuda.
- Haber tenido en el ejercicio fiscal de 2018 un rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declarados en la declaración del IRPF anual inferior a 30.000 euros y una facturación mínima anual de 12.000 euros (IVA incluido)
¿Quién puede solicitar el Bono Autónomo?
Las personas físicas y jurídicas que pueden ser beneficiarias de este bono son:
- Trabajadoras y trabajadores autónomos que cumplan con todos los requisitos indicados en el apartado anterior.
- Sociedades de cualquier clase y comunidades de bienes con domicilio fiscal en Galicia y que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener una persona autónoma societaria que cumpla con los requisitos exigidos
- Facturar un mínimo de 12.000 euros (IVA incluido) en la última declaración realizada.
- Que la base imponible de la empresa en el impuesto de sociedades en el último ejercicio fiscal sea inferior a 30.000 euros. En el caso de tributar en el régimen de atribución de rentas, la cantidad establecida (30.000 €) se tendrá en cuenta el rendimiento neto reducido de los rendimientos de actividades económicas declaradas en el IRPF.
No podrán solicitar el bono autónomo Galicia:
- Familiares que, de manera habitual, realizan trabajos para personas trabajadoras autónomas o mutualistas de colegio profesional y que no tengan la condición de personas trabajadoras por cuenta ajena, conforme a lo establecido en el artículo 1.3.e) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2015, de 23 de octubre.
- Trabajadores autónomos que haya cobrado con anterioridad y en otras convocatorias esta ayuda.
Actividades subvencionables mediante el Bono Autónomo
Existen dos bloques de actuación para solicitar las ayudas del bono autónomos:
Mejora de la competitividad contratando servicios de:
- Investigación de mercado
- Plan de Marketing
- Plan de comunicación del negocio.
- Plan estratégico del negocio.
- Plan de crecimiento: constitución sociedad.
- Plan de reorientación del negocio.
- Plan de uso de las nuevas tecnologías en el negocio.
- Plan de refinanciamiento.
- Otros estudios y planes que tengan como finalidad aumentar la competitividad de la empresa.
Mejora de la competitividad mediante inversiones en:
- Compra de maquinaria.
- Compra de útiles y herramientas.
- Reforma del local del negocio.
- Equipos informáticos.
- Rótulos.
- Aplicaciones informáticas y páginas web.
- Creación logotipo del negocio.
Es posible solicitar el bono autónomo sobre la contratación de servicios así como sobre la inversión en equipos aunque se establece que, en caso de solicitar ambas, tendrá prioridad el primer apartado.
Importe de las ayudas
Se podrá conceder mediante el pago anticipado una ayuda que se corresponde con el 80% de la actividad subvencionada y con un límite máximo de 3.000 euros por el conjunto de actividades objeto de la inversión.
Se anticipará hasta el 100% del importe de la subvención concedida en el momento de la aceptación de la misma y serán subvencionables aquellas inversiones realizadas desde el 3 de Julio de 2019 hasta la finalización del período de justificación y como fecha tope el 31 de diciembre de 2019.
Trámites para solicitar el Bono Autónomo
El plazo de presentación de solicitudes ya está abierto desde el 3 de Julio y finalizará el 2 de Agosto de 2019.
Es condición necesaria presentar la solicitud a través de medios electrónicos cumplimentando el formulario que está disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Desde su presentación hay un plazo de resolución de tres meses y el silencio administrativo se entenderá como denegación de la solicitud.
Recuerda que las ayudas se conceden atendiendo al orden de las solicitudes presentadas por las personas que cumplan los requisitos solicitados y que podrán disponer de un adelanto del 100% de la ayuda.
¿Te puedo ayudar?
Si reúnes los requisitos indicados y quiere solicitar este tipo de ayuda es necesario que tengas claro qué aspectos de tu actividad profesional o empresarial debes abordar.
Si tu objetivo es poner en marcha una página web o diseñar un logo hay profesionales como websgalicia que pueden ayudarte en esas tareas pero si lo que necesitas es poner en marcha un plan de marketing digital o de comunicación para tu negocio, ya sabes dónde encontrarme